Desde que la Ley 100 de 1993 empezó a definir el concepto de Seguridad y Salud de los trabajadores en Colombia muchas cosas han cambiado. Antes de ella sólo algunos trabajadores eran protegidos a través de la Caja Nacional de Previsión (CAJANAL) o del Instituto Colombiano de los Seguros Sociales (ICSS) que prestaban servicios de salud y pensiones a los trabajadores del país.
El Seguro de Riesgos Profesionales era expedido por el Estado a través del ICSS para los trabajadores del sector privado y para los del sector público a través de la Caja de Previsión Nacional, pero la cobertura se limitaba a esos trabajadores y no contemplaba otras poblaciones.
La entrada en vigor de la Constitución de 1991 garantizó el derecho de todos los colombianos a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud y dio paso a la Ley 100 de 1993, que creó el nuevo Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Lo que se logró
La Ley 100 marcó varios hitos, entre éstos, y quizás el más importante, la separación del sistema en los tres subsistemas: salud, riesgos laborales y pensiones, para que cada unidad de negocio tuviese plena autonomía en su gestión y mayor empoderamiento frente a sus afiliados.
También se amplió la cobertura y se abrió la posibilidad de que las personas sin contrato laboral, pero con vínculo a través de un contrato de prestación de servicios o de otro tipo, pudieran afiliarse en forma voluntaria al sistema. Incluso hoy trabajadores independientes denominados “A cuenta propia”, que no tienen un contrato laboral, pueden afiliarse y tener cubiertas las contingencias asociadas al trabajo.
Las compañías Aseguradoras en Riesgos Laborales –ARL- pudieron acompañar y asesorar en la implementación de los programas de Promoción y Prevención, lo que antes las empresas hacían de una forma muy rudimentaria. El sector privado entró a competir en el sistema de Riesgos Laborales y todas las empresas, públicas, privadas o de otra naturaleza, adquirieron la obligación de garantizar la cobertura en seguridad social y en riesgos laborales de sus trabajadores y tener un programa de salud ocupacional, hoy Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En casos de abusos de autoridad frente a los trabajadores se conformaron Comités de Convivencia, se estableció la ‘Ley de Acoso Laboral’ que les dio un mecanismo de defensa y la organización quedó obligada a velar por sus derechos.
Permitió desarrollar mecanismos de participación de los trabajadores frente a su salud, inicialmente a través de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional que luego evolucionaron, de modo que adquirieron no solo derechos sino también la responsabilidad de contribuir con la construcción de los Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, la mitigación del riesgo, el cuidado de su propio bienestar y de los demás miembros de la empresa.
La capacitación, las campañas de prevención y promoción han jugado un papel relevante al permitir a los empleadores entender que la productividad de sus negocios está atada al bienestar de sus trabajadores, no importa la actividad económica que desarrollen e incluso hallar otras dinámicas como el teletrabajo, que faciliten y mejoren el desempeño y la calidad de vida.
Otros avances son la indemnización en caso de una pérdida de capacidad laboral que no lleve a la invalidez y el hecho de que existe un gran número de pensionados en el sistema y sus familias son beneficiarias si el trabajador fallece por causa de un accidente o enfermedad laboral, lo cual le da al sistema un componente social esencial en la estructura del país.
Los trabajadores que tienen un accidente de trabajo o una enfermedad hoy no tienen ningún tipo de limitante en términos de beneficios, las aseguradoras debemos garantizar todas las obligaciones, cualquier tipo de atención médica, examen o procedimiento quirúrgico.
Qué se puede mejorar
Por supuesto, es innegable que todo siempre es susceptible de mejorar. A la luz de la Ley 100 todo trabajador, dependiente o independiente, debe hacer los aportes a la seguridad social ya sea a través de un empleador, de un contratante o con cargo a sus recursos propios.
Pero hay poblaciones que pueden ser laboralmente activas, pero no están en la formalidad, razón por la cual no pueden ser aseguradas, porque en su mayoría los riesgos a los que están expuestos provienen de la comunidad, del orden público o de desarrollar su actividad laboral en la informalidad.
Sin embargo, eso no impide que haya programas de capacitación y formación que les permita desarrollar mejores habilidades en el desempeño de su oficio y se complementen con promoción y prevención, estilos de vida saludable y otros aspectos para que su trabajo sea mucho más seguro.
Otro tema por mejorar se relaciona con abusos que se presentan para obtener beneficios o indemnizaciones pues algunas personas prefieren las prestaciones tanto asistenciales como económicas en Riesgos Laborales frente a lo que puede ser la cobertura en salud.
Un futuro hacia dónde apuntar
Este sigue siendo un mercado imperfecto en el que existe concentración de riesgos inherentes y expresados en algunas de las actividades económicas y, mientras eso suceda, el mecanismo de regulación que debe existir es la participación estatal en esos sectores donde existe desviación en el tema de siniestralidad, hasta tanto se encuentre un mecanismo de autorregulación.
A pesar de esto, hoy Positiva como compañía del Estado participa con servicios de una forma activa, pero en igualdad de condiciones del mercado frente a las aseguradoras del régimen privado. Por otro lado, hay sectores en los que existe poca formalidad y aún no hay conciencia social de los contratistas y los empleadores para garantizar e implementar esos sistemas, pero a partir de 2019 contar con un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo será un requisito y conllevará un control estricto al cumplimiento de la normatividad.
Ahora bien, más allá de lo que se ha logrado, es importante pensar hacia dónde debe apuntar el Sistema de Riesgos Laborales en el futuro. Uno de esos objetivos debe ser la cobertura universal para que todo aquel que desempeñe una actividad laboral tenga un sistema que proteja no solamente sus riesgos de vejez y enfermedad, sino también todos los asociados a su ocupación.
También habrá que evolucionar en la integralidad y la unificación de algunas de las prestaciones que se reconocen, de tal forma que independientemente que la persona esté enferma por causa del trabajo o de enfermedad común, no entre en el periplo de quién es el responsable del pago.
Ajustar todos los procesos de Juntas de Calificación de Invalidez es esencial para que sean mucho más ágiles y dinámicos y permitan a la gente en un tiempo más corto tener acceso a la definición de sus estados de enfermedades, pérdida de capacidad laboral y demás.
La tecnología también tendrá un rol importante en salud, pues debe permitir que mucha más gente que hoy está en condición de invalidez pueda, mediante mecanismos, apoyos, ayudas o modificaciones en sus actividades, reintegrarse nuevamente al trabajo y ser productivas.
En cuanto a las ARL, los retos no son menores, como revisar tarifas que pueden no ser suficientes para algunas actividades económicas, o la dinámica de constitución de las Reservas Técnicas que si bien es cierto son un mecanismo muy importante para garantizar la cobertura futura de las obligaciones que se tienen con los trabajadores, algunas no tienen aún la reglamentación suficiente para hacerlas más dinámicas y emplear esos recursos de una forma más eficiente.
Y en cuanto a los riesgos propiamente dichos, hoy se trabaja en diferentes frentes para encontrar mejores alternativas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad a fin de bajar la concentración del riesgo en sectores económicos de alta siniestralidad. En resumen, hay bastante por hacer, pero sin duda en 25 años la Ley 100 ha dado enormes pasos en beneficio de los trabajadores.