En lo que va de este año, el proyecto de la reforma laboral ha sido el centro de atención por los cambios que generará en las empresas colombianas y el beneficio para los trabajadores, entre las principales normas que establece esta reforma, se encuentra el cambio de contrato de prestación de servicios, el cual especifica que se debe otorgar igualdad de oportunidades a los trabajadores, la protección de los derechos individuales, y la garantía del derecho colectivo del trabajo.
A la vez, la reforma busca modificar el artículo número 2 del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia, cuya finalidad del mismo, es lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, para que exista una estabilidad de coordinación económica y equilibrio social.
GeoVictoria, empresa experta en facilitar la gestión, control de asistencia y adaptabilidad en legislación de las empresas, despliega algunos puntos sobre este importante tema. Por ejemplo, cómo se llevará a cabo la transformación que tendrá el contrato de prestación de servicios en el país, los retos pendientes para las empresas, y el beneficio para los colaboradores.
¿Cuáles son los cambios que tendrá la figura de contrato de prestación de servicios?
• Modificación en los beneficios de los trabajadores, los empleados no entregarán cuentas de cobro, y deben recibir todas las prestaciones de ley: cesantías, salud, primas, aportes a pensión y vacaciones.
• Devengarán un sueldo equivalente al de los servidores públicos de las entidades.
• Privilegio a los contratos por términos indefinido, mientras que los contratos a término fijo serán avalados por dos años y los contratos por prestación de servicios seguirán vigentes hasta su terminación, ya que serán prohibidos.
¿Cuáles son los retos para las empresas?
• Las entidades deben tener el tiempo necesario para hacer los estudios correspondientes al interior de cada equipo de trabajo para evaluar los contratos.
• Habrá vinculaciones, mediante un contrato de prestación de servicios, a una persona que no esté regulada por la legislación laboral, sino por la civil, en este caso el contratante no asumiría ninguna obligación laboral.
• Las empresas estarán en la obligación de pagar el 100% de la jornada dominical y festivos, dejando de lado el 75% que está vigente. Y se analizaría incluir los sábados dentro del recargo, por ser considerados como días de descanso.
¿Cuáles son los beneficios para los trabajadores?
• Se protegerá y formalizará a los trabajadores de mensajería en plataformas, por medio de un contrato laboral, que, en el caso del sector privado, deberá ser suscrito ante el Ministerio del Trabajo.
• Eliminar la violencia y acoso en el mundo laboral.
• Retorno del preaviso.
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