Durante el año 2021, según datos de Asofondos, los trabajadores realizaron retiros de cesantías por un valor de 3,8 billones de pesos para usos relacionados con la vivienda, ya sea compra, liberación de deuda y mejoramiento de vivienda.
Este valor representa un 54% de los retiros totales del año 2021. Más de 782 mil afiliados se beneficiaron de la compra de vivienda.
El otro porcentaje representativo corresponde al retiro de cesantías por terminación de contrato de trabajo; 2,4 billones de pesos; 34,7% del total de los retiros. Al cierre de 2021 los afiliados a los fondos privados de cesantías llegaron a 8,8 millones de trabajadores.
Lo que pocas personas conocen es que otra forma de retirar las cesantías es para compra de acciones, según el decreto 1562 de 2019, las personas naturales podrán retirar sus cesantías acumuladas con el objeto de adquirir acciones de propiedad del Estado, en los términos y condiciones establecidas en la Ley 226 de 1995. El Fondo de Cesantías o el Fondo Nacional del Ahorro según sea el caso, deberá liquidar y entregar los recursos de cesantías en las condiciones establecidas en el programa de enajenación respectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se haya presentado debidamente la solicitud.
Las cesantías pueden ser retiradas parcialmente para comprar acciones de empresas del Estado como Ecopetrol.
Documentos y requisitos
- Formulario de solicitud de retiro de cesantías.
- Comprobante de adjudicación de acciones indicando el valor y los datos del vendedor o comisionista de bolsa según sea el caso.
- Documento de identificación original del consumidor financiero o apoderado.
- Copia del documento de identificación del trabajador.
Si se trata del Fondo Nacional del Ahorro la documentación requerida para retiros parciales son los siguientes:
- Formulario de solicitud de retiro de cesantías.
- Carta de autorización de retiro expedida por el empleador.
- Documento de identidad del afiliado.
El 14 de febrero de 2023 vence el plazo para que los empleadores consignen el valor de las cesantías de sus empleados y es importante tener en cuenta que, de no cumplir con la fecha, se genera una sanción que es de un día de salario por cada día de mora.
El 31 de enero de 2023 los trabajadores reciben en su cuenta de nómina el valor de los intereses de cesantías, que corresponden al 12% del total de las cesantías. Si los empleados terminan su contrato laboral antes de esta fecha, se les debe reconocer la prestación de cesantías y de intereses en su liquidación del contrato de trabajo.
Los empleados tienen la libertad de seleccionar su fondo de cesantías. En caso de traslado del fondo, se puede realizar cada seis (6) meses. Para tal efecto el afiliado presenta la solicitud ante la entidad a la cual se efectuará el traslado, adjuntando copia de la comunicación recibida por el administrador de cesantías actual y por el empleador, en la cual se informa la decisión de traslado.
Dicha entidad contará con un término máximo de quince (15) días hábiles, a partir del recibo de la solicitud con la documentación señalada, para atender el requerimiento e informar la decisión al afiliado y al empleador mediante los canales de comunicación que tenga disponibles.
Las cesantías son un beneficio que permite a los empleados contar con un ahorro para épocas de desvinculación laboral o para la compra de acciones del Estado, entre otras, como ya se ha mencionado anteriormente.