«La facturación electrónica, es un novedoso mecanismo utilizado por el gobierno, haciendo uso de tecnologías de información, incorporará a una gran masa de empresas dentro del sistema fiscal colombiano.»
En Colombia uno de los principales problemas en materia económica, es la acumulación de deuda externa la cual según el Banco de la República a diciembre de 2019 asciende a $138.175 millones, equivalentes al 42,7% del PIB. Para información de nuestros lectores, la deuda externa es simplemente el mecanismo de financiación de los Estados a nivel mundial para financiar, desde mega obras civiles hasta problemas de liquidez en empresas y en hogares.
De acuerdo con el portal de datos estadísticos indexmundi, la deuda total del mundo asciende a $76,5 trillones de USD a 2019, en donde las 14 economías más poderosas del mundo sostienen el 80% de esta deuda; con USA en primer lugar con el 23% y el Reino Unido en segundo lugar con el 11%. Dado que la deuda externa está indexada en dólares americanos, uno de los principales problemas que acarrea la devaluación del peso colombiano es su encarecimiento, la cual, por estos días de Coronavirus, Colombia ha visto la devaluación más alta de su historia en 24%; es decir que en la práctica la deuda se ha incrementado en esa cifra. Esto, desde el punto de vista económico, político y social le genera mucha presión a los Gobiernos a nivel mundial, ya que, en caso de no poder cubrir esta deuda, básicamente se estima la quiebra de la economía de un país.
Colombia no es ajeno a esta presión y es por ello que, cómo cualquier organización, se deben revisar mecanismos para incrementar la generación de ingresos, es decir, en este caso, un mayor recaudo de impuestos por medio de dos vías: la primera aumento de impuestos – medida controversial y no muy popular – o segundo: aumentando la base de contribuyentes en el país.
Es por esto que, desde hace algunos años, se han venido considerando diversas estrategias para aumentar los ingresos provenientes de los tributos, tales como aumentar la inclusión y formalización de personas naturales y jurídicas que antes se mantenían por fuera del sistema impositivo colombiano, así como también tener una mayor veeduría, por parte de la DIAN, a los establecimientos comerciales a través de la digitalización y sistematización de la factura de venta.
Es por esto que desde el 2019, se formaliza el nuevo Régimen Simple de Tributación (RST) como parte de la nueva Ley de Financiamiento en Colombia, en donde las personas que cumplan con los requisitos podrán de manera voluntaria acogerse a este, con el principal objetivo de minimizar la carga en la liquidación de los impuestos, incentivando de esta manera a la formalización de las empresas y así expandiendo la base de contribuyentes; esto soportado a través del nuevo mecanismo de facturación electrónica el cual aplica al 100% de la empresas en Colombia, o a aquellas que quieren seguir vigentes.
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En cuanto a la facturación electrónica, este novedoso mecanismo utilizado por el gobierno, haciendo uso de tecnologías de información, incorporará a una gran masa de empresas dentro del sistema fiscal colombiano.
Características de la facturación electrónica
- Utiliza el formato electrónico de generación XML.
- Lleva una numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
- Debe cumplir todos los requisitos de factura de venta contemplados en el artículo 617 del ET (requisitos básicos de la FE).
- Debe incluir firma digital o electrónica para garantizar la autenticidad e integridad de esta ante la DIAN.
- Debe incluir el Código Único de Factura Electrónica CUFE (valor alfanumérico que identifica la factura de manera inequívoca).
En el caso que el empresario no se acoja a la facturación electrónica, este no podrá ser parte del engranaje económico del país, ya que en primer lugar corre el riesgo del cierre de su establecimiento comercial, segundo no podrá vender productos y servicios, ya que ninguna empresa podrá recibirle facturas en físico y poder perder los respectivos beneficios de orden tributario.
En este sentido, con la puesta en marcha de la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, emitida por la DIAN, se establece la obligatoriedad de la implementación de la facturación electrónica siendo el plazo máximo para el último de los grupos CIIU el 1 noviembre de 2020. Aquí cabe destacar que aquellos que se queden por fuera de las fechas de implementación no podrán facturar y sencillamente saldrán del mercado (Para mayor información del calendario de implementación de la factura electrónica de venta se recomienda revisar la Resolución 00042, Título VI, Articulo 20, Página 34-39).
También se perderán eficiencias de índole operativa, generando reprocesos y hasta posible pérdida de información. Tampoco podrán acceder a los servicios financieros transversales en este caso, tales como Factoring y líneas de crédito financiero en algunos casos.
La conclusión, queridos amigos empresarios: invitarlos a movernos a la velocidad que se está moviendo el mundo entero; la economía mundial, altamente vulnerable ante factores ajenos tales como pandemias, guerras, dictaduras, etc., requiere continuamente procesos de reinvención y continua innovación basada en nuevas tecnologías que permitan su evolución y absoluta protección, y esto incluye a todos los actores que hacen parte de ella; es decir que como parte del engranaje económico las empresas deben contribuir con el pago de impuestos, generación de puestos de trabajo, y fomentar el uso de tecnologías limpias que permitan mejorar las condiciones sociales y ambientales de la humanidad entera.
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