Los exámenes médicos ocupacionales son una herramienta fundamental para proteger la salud de los trabajadores y orientar las acciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Su finalidad no debe limitarse al cumplimiento de una obligación legal: permiten conocer las condiciones de salud de la población trabajadora y establecer medidas preventivas de acuerdo con los riesgos de cada cargo.
En Colombia, además, la normatividad que regula estas evaluaciones cambió. La Resolución 1843 de 2025 del Ministerio del Trabajo entró en vigencia el 6 de mayo de 2025 y derogó, entre otras normas, la Resolución 2346 de 2007 y la Resolución 1918 de 2009.
Por esta razón, las empresas deben revisar actualmente sus procedimientos, perfiles de cargo, programas de vigilancia epidemiológica y la forma en que realizan los exámenes médicos ocupacionales.
¿Qué son los exámenes médicos ocupacionales?
Los exámenes médicos ocupacionales son evaluaciones realizadas para determinar las condiciones de salud de una persona en relación con las características, exigencias y riesgos del trabajo que desempeña o desempeñará.
Su propósito es identificar condiciones que puedan verse afectadas por la actividad laboral, establecer recomendaciones o restricciones cuando sean necesarias y proporcionar información para implementar medidas de prevención.
La evaluación debe realizarse teniendo en cuenta el perfil del cargo, las funciones, las exigencias físicas, mentales y técnicas, los riesgos laborales y las medidas preventivas asociadas a la actividad. La Resolución 1843 de 2025 establece que esta información debe ser suministrada al médico evaluador por el empleador.
¿Cuál es la importancia de los exámenes médicos ocupacionales?
La verdadera importancia de los exámenes médicos ocupacionales está en que permiten relacionar las condiciones de salud de los trabajadores con las características del trabajo.
A partir de las evaluaciones, las empresas pueden obtener información general sobre las condiciones de salud de su población trabajadora, identificar tendencias y establecer acciones de promoción de la salud, prevención de enfermedades y control de los riesgos laborales.
Esta información también puede servir como base para los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica dentro del SG-SST. La normativa establece que el diagnóstico de salud debe utilizarse para implementar acciones de mejora y prevención, sin incluir datos personales o individualizados de los trabajadores.
Por ello, un examen ocupacional no debería convertirse simplemente en un trámite que se realiza al ingresar a una empresa. Su valor está en el seguimiento de las condiciones de salud a lo largo de la relación laboral y en la toma de decisiones preventivas.
¿Cuál es la normatividad de los exámenes médicos ocupacionales en Colombia?
La principal referencia vigente es la Resolución 1843 de 2025, expedida por el Ministerio del Trabajo.
Esta norma regula la práctica de las evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo de las historias clínicas ocupacionales para trabajadores y trabajadoras del país, independientemente del sector económico, tipo de vinculación o afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales.
La Resolución 1843 de 2025 derogó expresamente:
- Resolución 2346 de 2007.
- Resolución 1918 de 2009.
- Resolución 1075 de 1992.
- Resolución 4050 de 1994.
La nueva regulación otorgó un periodo de transición de seis meses para realizar los ajustes administrativos, técnicos y operativos necesarios.
Por tanto, para una empresa que actualmente revise su programa de exámenes ocupacionales, la Resolución 1843 de 2025 es el punto de partida y no la antigua Resolución 2346 de 2007.
¿Cuáles son los tipos de exámenes médicos ocupacionales?
La Resolución 1843 de 2025 establece como mínimo seis tipos de evaluaciones médicas ocupacionales:
- Evaluación médica de preingreso.
- Evaluaciones médicas periódicas.
- Evaluación médica de egreso.
- Evaluación médica post-incapacidad.
- Evaluación médica por retorno laboral.
- Evaluación médica ocupacional de seguimiento o control.
Exámenes médicos ocupacionales de preingreso
La evaluación de preingreso se realiza antes de iniciar la relación laboral y busca determinar si las condiciones de salud de la persona son compatibles con las características y exigencias del cargo.
No se trata simplemente de determinar si una persona está «sana» o «enferma». La valoración debe analizar la relación entre las condiciones de salud, las funciones que desarrollará y los riesgos a los que estará expuesta.
El resultado puede generar recomendaciones o restricciones que deberán ser tenidas en cuenta por el empleador.
Exámenes médicos ocupacionales periódicos
Las evaluaciones periódicas permiten hacer seguimiento a la salud de los trabajadores y detectar oportunamente posibles alteraciones relacionadas con la actividad laboral o con la exposición a determinados factores de riesgo.
La periodicidad no es igual para todos los trabajadores. La empresa debe establecerla dentro del SG-SST de acuerdo con las características de la exposición y la gestión de los riesgos.
La Resolución 1843 establece que, excepcionalmente, el intervalo no puede superar los tres años, y cuando se utilice ese máximo debe existir una justificación técnica.
También deben realizarse evaluaciones cuando exista un cambio de ocupación que implique nuevas funciones, otro ambiente laboral o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo.
Examen médico ocupacional de egreso
La evaluación de egreso se realiza cuando termina la relación laboral y busca valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las funciones desempeñadas.
La Resolución 1843 establece que el empleador debe informar al trabajador sobre este proceso y que la evaluación debe realizarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la terminación de la relación laboral o contractual.
Esta evaluación puede contribuir a identificar condiciones de salud que requieran atención o seguimiento y que eventualmente puedan estar relacionadas con la actividad laboral.
Examen médico ocupacional post-incapacidad
La evaluación post-incapacidad permite valorar las condiciones de salud del trabajador después de una incapacidad, especialmente cuando es necesario determinar si existen condiciones que puedan afectar el desarrollo seguro de sus funciones.
Su finalidad es establecer las recomendaciones o restricciones que correspondan y favorecer un retorno adecuado a las actividades laborales.
Evaluación médica por retorno laboral
La evaluación por retorno laboral busca valorar las condiciones de salud cuando el trabajador regresa a sus actividades y existen circunstancias que hacen necesario determinar si requiere ajustes, recomendaciones o restricciones.
Esta valoración debe estar relacionada con las características del cargo y los riesgos laborales correspondientes.
Evaluación médica de seguimiento o control
La nueva regulación incorpora expresamente la evaluación de seguimiento o control.
Se utiliza cuando es necesario verificar la evolución de una condición de salud previamente identificada, evaluar la efectividad de las medidas adoptadas o reconsiderar restricciones y recomendaciones, especialmente cuando estas fueron temporales.
¿Cada cuánto se deben hacer los exámenes médicos ocupacionales?
Una de las preguntas frecuentes es si existe una frecuencia única para todos los trabajadores.
La respuesta es no.
La Resolución 1843 de 2025 establece que las empresas deben definir la periodicidad dentro del SG-SST teniendo en cuenta la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos y las características de la exposición.
El periodo excepcional máximo es de tres años y debe estar técnicamente justificado. Además, determinados certificados de aptitud —como los relacionados con trabajo en alturas, espacios confinados o conducción— pueden tener una vigencia determinada por normas específicas.
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¿Qué cambió con la Resolución 1843 de 2025?
Uno de los cambios importantes está relacionado con la información que debe entregar la empresa al médico o a la IPS que realiza la evaluación.
El perfil de cargo adquiere especial importancia. Debe incluir, como mínimo, funciones, responsabilidades, habilidades, competencias, requisitos físicos, mentales y técnicos, riesgos laborales asociados a las tareas y medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad y salud del trabajador.
También deben considerarse, según corresponda, los indicadores epidemiológicos, la matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, estudios técnicos adicionales e indicadores biológicos específicos.
Esto significa que la selección de los exámenes no debería hacerse mediante una batería idéntica para todos los cargos. Las pruebas deben responder a las características reales del trabajo y a los riesgos identificados.
¿El profesiograma fue eliminado?
La Resolución 1843 de 2025 no utiliza el término profesiograma como documento obligatorio. Lo que exige expresamente es que el empleador elabore y entregue el perfil de cargo con la información establecida en la norma.
Esto no significa que una empresa tenga prohibido utilizar un profesiograma como herramienta interna. Puede conservarlo como instrumento de apoyo, siempre que cumpla con las exigencias de la normativa vigente y no sustituya la información que debe contener el perfil del cargo.
¿Quién puede realizar los exámenes médicos ocupacionales?
Las evaluaciones deben ser realizadas por médicos especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo, con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con las condiciones establecidas por la regulación.
En determinadas zonas donde no exista disponibilidad de estos especialistas, la resolución contempla una excepción para médicos con mínimo dos años de experiencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, bajo las condiciones establecidas por la norma.
Las evaluaciones también pueden realizarse mediante telemedicina, siempre que se cumplan los requisitos de habilitación correspondientes y exista autonomía médica.
¿Quién paga los exámenes médicos ocupacionales?
El costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas complementarias requeridas por el médico está a cargo del empleador, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución 1843 de 2025.
En consecuencia, estos costos no deben trasladarse al aspirante o trabajador, salvo la excepción prevista para determinados contratos de prestación de servicios contemplada en el Decreto 1072 de 2015.
Además, cuando para una evaluación periódica sea necesario que el trabajador se desplace entre municipios, la norma establece responsabilidades del empleador respecto de los desplazamientos y la manutención en los términos allí previstos.
¿La empresa puede conocer los resultados de los exámenes?
La información médica está protegida por el principio de confidencialidad.
La historia clínica ocupacional y los documentos clínicos o paraclínicos que contiene son reservados. El empleador recibe el concepto médico ocupacional y la información necesaria para adoptar medidas de prevención, ubicación, reubicación o adecuación del puesto de trabajo, sin acceder indiscriminadamente a la historia clínica.
La Resolución 1843 también establece que los documentos y registros deben conservarse durante un periodo mínimo de 20 años, bajo las condiciones previstas en la norma.
¿Se puede exigir una prueba de embarazo en los exámenes ocupacionales?
La normativa establece importantes medidas antidiscriminatorias.
La exigencia de una prueba de embarazo como requisito obligatorio para acceder o permanecer en un empleo está prohibida. Solo puede solicitarse, con consentimiento previo de la trabajadora, cuando el trabajo implique riesgos reales o potenciales que puedan afectar negativamente el desarrollo normal del embarazo.
La Resolución 1843 también establece restricciones frente a la exigencia de pruebas de embarazo, VIH y VDRL como requisitos generales de acceso o permanencia laboral, con las excepciones previstas expresamente por la normativa.
Beneficios de los exámenes médicos ocupacionales para las empresas
La realización adecuada de estas evaluaciones permite a las organizaciones:
- Conocer las condiciones generales de salud de su población trabajadora.
- Identificar factores de riesgo relacionados con los diferentes cargos.
- Orientar programas de promoción y prevención.
- Fortalecer los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica.
- Detectar oportunamente condiciones que puedan requerir seguimiento.
- Establecer recomendaciones y restricciones laborales cuando sean necesarias.
- Adaptar las condiciones de trabajo de acuerdo con las recomendaciones médicas.
- Tomar decisiones preventivas dentro del SG-SST.
La Resolución 1843 establece expresamente que el empleador debe implementar los Sistemas de Vigilancia Epidemiológica de acuerdo con los riesgos de la empresa y el diagnóstico de condiciones de salud.
Beneficios de los exámenes médicos ocupacionales para los trabajadores
Para los trabajadores, estas evaluaciones permiten conocer mejor las condiciones de salud relacionadas con las características de su actividad laboral y recibir recomendaciones preventivas.
También ayudan a identificar cómo determinados riesgos pueden afectar la salud, establecer medidas de protección y realizar seguimiento a las condiciones que puedan requerir atención.
Cuando el médico establece recomendaciones o restricciones, estas deben ser consideradas por el empleador para adaptar las condiciones de trabajo cuando corresponda. La finalidad no es simplemente determinar si una persona es «apta» o «no apta», sino contribuir a que el trabajo se desarrolle en condiciones seguras.
Los exámenes ocupacionales deben ser parte de una estrategia de prevención
Los exámenes médicos ocupacionales adquieren su verdadero valor cuando sus resultados se convierten en acciones concretas dentro del SG-SST.
Realizar una evaluación de ingreso, guardar el resultado y no volver a utilizar esa información para prevenir riesgos reduce considerablemente su utilidad. Por el contrario, analizar las condiciones generales de salud, hacer seguimiento a los trabajadores y relacionar estos resultados con los peligros existentes permite tomar decisiones preventivas más efectivas.
La actualización normativa de 2025 refuerza precisamente esta visión: las evaluaciones deben estar relacionadas con el perfil del cargo, los riesgos laborales y las condiciones reales en las que se desarrolla el trabajo.
Para las empresas, el reto ya no consiste únicamente en cumplir con los exámenes médicos ocupacionales, sino en integrarlos correctamente a la gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
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SOBRE LOS COSTOS DE ESTOS EXÁMENES, SERIA BUENO ACLARAR SI LOS ASUME LA EMPRESA O DEBE EL EMPLEADO CORRER CON ESTE GASTO QUE DICE LA LEY
Buen dia requiero examen preingreso apara una persona que deseamos vincular , estan en Bogota ?
No me darían el trabajo. Por tener una arritmia cardiaca Y un terijio . Despues de haber pasado todos los filtros .
Buenos días.sufrí un accidente laboral, la ARL.en los 25 días seguidos al accidente.diagnóstico enfermedad común.y el gerente de RH.por escrito solicito a medicina laboral.no darme restricciones.sólo recomendaciones.que delito está cometiendo el gerente?
Gracias
Buenas tardes.
Puede un medico ocupacional diagnosticar que no hay riesgo de enfermedad de origen laboral con solo observar al paciente y no solicitar examenes de ninguna indole para corroborar su diagnostico en mi caso especifico cuando le dije que venia en un procedimiento medico por que llevava ya varios meses con dolor en mis mienbros superiores, debe el medico ocupacional autorizar nuevo examen del tunel carpiano para diagnosticar y corroborar los que con anterioridad se habian hecho y donde confirmaban que no existia tunel carpiano .
Buenas tardes puede el Jefe de Personal(RH) obligar a los empleados dentro de los examenes medicos ocupaciones sacarse exámenes de RX y para esto ordenó tomar un laxante TRAVAD ORAL la noche anterior, dieta liquida y presentarse en ayunas. Donde él no es profesional de la salud?
Agradezco la respuesta.
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), debe ser implementado por todos los empleadores.
SOBRE LOS COSTOS DE ESTOS EXÁMENES, SERIA BUENO ACLARAR SI LOS ASUME LA EMPRESA O DEBE EL EMPLEADO CORRER CON ESTE GASTO QUE DICE LA LEY