Las cesantías fueron creadas en Colombia con el objetivo de que las personas pudieran ahorrar, para garantizar que cuando un trabajador formal pierda su empleo tenga un ingreso durante un periodo de tiempo, mientras logra volverse a vincular laboralmente.
Quienes acceden a las cesantias:
Las cesantías a las que tienen derecho los más de 7 millones de trabajadores formales en Colombia, centran su importancia en que son el ahorro que les permitirá afrontar, una posible pérdida del empleo.
Según estadísticas, en Colombia mensualmente son cerca de 73.000 personas las que pierden su empleo y muchas de ellas han agotado sus ahorros de cesantías con retiros parciales, sin cumplir con la destinación específica de las mismas. Lo que desvirtúa la justificación inicial.
«En Colombia mensualmente son cerca de 73.000 personas las que pierden su empleo y muchas de ellas han gotado sus ahorros de cesantías con retiros parciales, sin cumplir con la destinación específica de las mismas.”
Tomar conciencia sobre este tema es muy importante pues cada vez son menos los colombianos que reciben este beneficio, generador de oportunidades para los trabajadores y sus familias.
“Manejo Adecuado de las Cesantías”
Las normas que regulan el tema en Colombia, permiten retiros totales y retiros parciales de Cesantías.
Los retiros totales se dan por terminación del contrato, los parciales permiten que se utilicen en educación para el afiliado(a), su esposa(o) o compañero(a) parmente y sus hijos; para compra de vivienda o mejoras de esta, amerita invitar a reflexionar a los empleados beneficiarios, si es conveniente utilizarlas, renunciando a que sean un ahorro, para cuando el trabajador queda cesante.
En esa reflexión, cuando se tiene la certeza de su destinación, con cumplimiento del objetivo, como es el caso de los retiros para educación, que los pagos salen directamente a las entidades de educación, existe la garantía de que crecerá el patrimonio de ese hogar, la educación facilitará una mejor calidad de vida y se cumple el objetivo de la prestación.
En cuanto a los retiros de vivienda, es importante validar los conceptos por los cuales se puede retirar parcialmente para vivienda:
Adquisición de vivienda con su terreno o lote:
Es el concepto más común por la que los afiliados a los fondos, retiran las cesantías.
Para comprar terreno o lote solamente:
Los lotes o terrenos donde se aspira a construir la vivienda también son un concepto permitido para pedir retiro parcial de las cesantías y destinarlas a ese fin. Muchas personas aspiran a empezar cuanto antes a construir y ven en esa alternativa la mejor opción.
Construcción de la vivienda:
Siempre y cuando la edificación se haga sobre el lote o terreno de propiedad del trabajador interesado o de su cónyuge. Si el espacio donde se planea construir no cumple con alguna de esas dos condiciones no es posible.
Ampliación, reparación o mejora de la vivienda:
Aplica la misma condición que la anterior. La propiedad tiene que ser del trabajador o de su cónyuge. Para que desembolsen las cesantías debe presentar documentos tales como permisos de construcción.
Liberación de gravámenes hipotecarios o pago de impuestos:
Sobre todos aquellos que afecten realmente la casa o el terreno edificable de propiedad del trabajador o de su cónyuge. Sucede que hay muchos propietarios que han aplazado por años el pago de impuesto predial o que han adquirido un préstamo con prenda hipotecaria. Pedir las cesantías es un alivio en esos casos.
Finalmente, el retiro de las cesantías para vivienda también se puede hacer para la adquisición de títulos sobre planos, para construcción de viviendas en proyectos contratados con entidades oficiales o privadas.
Es decir, el empleado puede solicitar las cesantías aunque la construcción de la casa no haya empezado pero el proyecto ya esté definido.
Ahora bien, lo anterior en el marco de Ley
Código Laboral Colombiano
“Art. 254. Prohibición de pagos parciales. Se prohíbe a los empleadores efectuar pagos parciales del auxilio de cesantías antes de la terminación del contrato de trabajo, salvo en los casos expresamente autorizados, y si los efectuaren perderán las sumas pagadas, sin que puedan repetir lo pagado.”
La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía, Asofondos, reveló a inicios del presente año, cifras estadísticas del año 2014, (aún no se consolidan y publican datos del sistema en el presente año) sobre el uso que cerca de 7 millones de afiliados le han dado a este instrumento de ahorro.
Se destaca la compra de bienes inmuebles para lo cual los trabajadores destinaron $746.759 millones; en relación con los gastos asociados a construcción y mejoramiento de vivienda el monto correspondió a $898.425 millones. Del porcentaje total de retiros estos conceptos representaron en 2014 un 21,6%, y 25,9%, respectivamente, y sumaron $1.6 billones.
Al observar el comportamiento registrado en la última década (2004-2014), se evidencia que el uso de las cesantías en la categoría vivienda ascendió a $9.8 billones, de los cuales $4 billones se fueron en compra mientras que el resto se destinó a construcción y mejoramiento de vivienda.
“Las Cesantías y la Vivienda de Interés Social-VIS”
Sobresale el apalancamiento de las cesantías en créditos para adquisición de Vivienda de Interés Social, VIS, que entre enero y noviembre de 2014 sumaron $2.95 billones. (Aún no se consolidan y publican datos del sistema en el presente año). Vale la pena recordar que de los cerca de 7 millones de trabajadores afiliados a los fondos privados de cesantías, aproximadamente un 83% gana menos de 2 salarios mínimos, precisamente el segmento donde hay mayor demanda por este tipo de créditos.
La invitación es a formar a los beneficiaros de esta prestación al interior de las empresas, para que tomen una decisión responsable al momento de utilizar sus cesantías.