La facturación electrónica se ha extendido a lo largo y ancho del mundo, especialmente en Latinoamérica, lo cual implica beneficios tanto a los empresarios, al generar eficiencia e importantes ahorros frente a la forma tradicional –cada vez más y más obsoleta de facturar en papel, como a los compradores, y, sobre todo, a la Administración Tributaria.
Este importante cambio ha llevado a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– a comprometerse con el impulso y la masificación de la factura electrónica en el país y, sobre todo, a reorientar buena parte de sus esfuerzos hacia el fortalecimiento de un equipo humano y tecnológico que le permita atender las, cada vez mayores, demandas de esta mega- tendencia.
“El costo establecido para una factura en papel se tazó en US$0.88 equivalentes a Col$2.640, se espera que con la masificación de la factura electrónica alcance un promedio de US$0.18, correspondientes a Col$540, que representan un ahorro cercano al 79%.”
Dentro de los principales beneficios que obtendrán los empresarios por facturar electrónicamente, se puede destacar los siguientes:
Eficiencia en el registro de transacciones económicas
De acuerdo con un estudio del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias –CIAT–[1], el costo establecido para una factura en papel se tazó en US$0.88 equivalentes a Col$2.640, se espera que con la masificación de la factura electrónica alcance un promedio de US$0.18, correspondientes a Col$540, que representan un ahorro cercano al 79%.
De igual forma, este análisis estableció que cuando la factura se encuentre masificada en niveles cercanos al 100% de los obligados a facturar –como en éste momento se encuentran en México, Brasil y Chile– los ahorros podrían llegar a corresponder al 0.42 del producto interno bruto – PIB del país, que anualmente representan una suma cercana a US$1.183 millones, según el PIB del año 2016[2].
Mejora el intercambio de documentos Electrónicos
Quizás la principal característica de la factura electrónica es la inmediatez, que es inherente a los mensajes de datos en esta era del internet. Un empresario que facture electrónicamente no requerirá disponer de servicios de mensajería postal para la entrega de las facturas, simplemente con “dar click” en enviar, será entregada a su cliente en cuestión de segundos, no importa si él está ubicado en el otro lado del mundo. Tampoco tendrá las limitaciones de sólo poder entregarlas exclusivamente en horas hábiles, lo podrá realizar las 24 horas del día, los 365 días del año.
Eficiente gestión documental
En la actualidad, un empresario cuando recibe la factura en papel, verifica que el contenido del documento cumpla con las condiciones tributarias y comerciales de la transacción. Luego de ello, requiere incorporar la información de ése papel en sus sistemas informáticos y, finalmente, debe verificar que lo ingresado en sus sistemas corresponda con el contenido del documento. Repitiendo este proceso varias veces en un mes. Al recibir facturas electrónicas el proceso será mucho más simplificado, porque no requerirá incorporar información, esta será la misma que envió su proveedor y, por tanto, interactuará con sus sistemas de compras, inventarios, cartera, tesorería y otros.
Potencializa la disponibilidad de capital de trabajo
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo – MinCIT–, fijó las condiciones legales para que las facturas electrónicas puedan ser consideradas como un título valor[3]; desarrollando así instrumentos como el registro nacional de facturas electrónicas, que sin duda generará confianza entre los empresarios para profundizar el mercado del factoring, reuniendo un gran número de compradores y vendedores alrededor de las plataformas electrónicas de negociación que se están formando en estos momentos.
Estos son solo algunos de los beneficios y resultan claves para aquellos contribuyentes que tienen la obligación de facturar y aún no han iniciado el cambio a facturar de forma electrónica.
Para mayor información, consulte www.dian.gov.co o escriba al correo electrónico [email protected].
[1] Estudio contratado por la DIAN en 2015
[2] Banco Mundial. Consultado en http://datos.bancomundial.org/pais/colombia
[3] Decreto 1349 de 2016











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