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Modificaciones en la Forma de Calcular los días para Pensión

Por Germán Linares
en GESTIÓN HUMANA
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Recientemente la Corte Suprema de Justicia realizó un cambio significativo en el cálculo de las semanas cotizadas para pensión. Lo cual permite que se tengan en cuenta todos los días cotizados y laborados.

Comercial y contablemente se tenía dispuesto que los meses se contaban como de 30 días y el año con 360 días. Sin embargo, la Corte determinó que esto cambia al momento de establecer el número de semanas que un ciudadano cotizó para su pensión. Para ese cálculo los días se deben contabilizar en días calendario.

La cotización se calcula sobre el salario mensual o el ingreso percibido sin importar que el mes tenga 28, 29, 30 o 31 días. Ya sea que el año tenga 365 o 366 días, éstos se transforman en semanas cotizadas mediante la división por siete (7).

Número total de días del año dividido entre el número de días de la semana.

366 / 7 = 52,28

365 / 7 = 52,14

De manera que al finalizar cada año podremos contabilizar 52,28 o 52,14 semanas a nuestra historia laboral.

Esta nueva postura también tiene impacto sobre las personas que van a reclamar pensión de sobrevivencia o de invalidez ya que la norma determina que para acceder a tal reconocimiento se debe haber cotizado a pensión al menos 50 semanas durante los últimos tres (3) años.

Uno de los casos que revisó la Sala de Casación Laboral correspondía a una mujer que solicitó a Colpensiones el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes de su esposo fallecido. El Tribunal Superior de Bucaramanga le negó la prestación al considerar que el esposo fallecido no cumplió con el requisito de cotizar 50 semanas en los últimos tres años anteriores a su deceso.

Al contabilizar con 30 días calendario (360 días al año), el causante 344 días y al dividir por 7 nos arrojaba 49,14 semanas. Con el nuevo criterio de la Corte, el causante sumó 348 días que, al ser divididos por 7 días de la semana, da un total de 49,71 semanas; cifra que al redondearse da 50 y por lo tanto le otorga el derecho a la esposa a la pensión de sobrevivencia.

Bajo estas consideraciones, la Corte ordenó a Colpensiones pagar a los beneficiarios la pensión de sobreviviente reclamada, más el retroactivo pensional desde la fecha en que murió su ser querido, y la indexación de ese dinero para actualizarlo a valores presentes.

Es importante recordar que para acceder a la pensión en el régimen de prima media que administra Colpensiones, se deben cumplir dos requisitos, las semanas cotizadas que deben ser 1.300 y la edad que es de 57 años para mujeres y 62 años para hombres.

Este tipo de pronunciamientos generan jurisprudencia que favorece a las personas al momento de calcular sus semanas cotizadas ya que una o dos semanas pueden hacer la diferencia.

Etiquetas: Calculo semanaEdición 176Pensión
Germán Linares

Germán Linares

Consultor Laboral y Empresarial

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