La reforma laboral de Colombia, sancionada en junio de 2025 tras intensos debates iniciados en 2024, representa una transformación histórica en el régimen laboral del país. Busca formalizar las relaciones laborales, proteger a sectores vulnerables y mejorar condiciones de vida mediante una legislación más equitativa. Sin embargo, persisten retos importantes: la informalidad estructural, los costos para las empresas, especialmente las pequeñas, y la necesidad de reglamentación efectiva.
Con una cronología clara y una regulación avanzada en derechos y estabilidad laboral, se abre una nueva etapa en la que la implementación será clave para su verdadero impacto
Contratos y estabilidad
- El contrato a término indefinido se convierte en regla general. Los contratos a término fijo no pueden exceder los cuatro años; tras cuatro renovaciones se transforman automáticamente en indefinidos o incluyen una prórroga por un año.
Jornada laboral y recargos
- La jornada máxima se fija en 42 horas semanales (máximo 8 horas diarias).
- El recargo nocturno del 35 % empezará oficialmente a las 7 p.m. (en lugar de las 9 p.m.) y se extenderá hasta las 6 a.m.
- El recargo por trabajo en domingos y festivos aumentará gradualmente: 80 % desde julio de 2025, 90 % en 2026 y 100 % en 2027.
- Límites a las horas extra: máximo de 2 horas diarias y 12 horas semanales; se elimina autorización previa del Ministerio de Trabajo, pero se exige registro detallado.
Formalización y Seguridad Social
- Para aprendices del SENA: se reconoce relación laboral formal. Durante etapa lectiva reciben 75 % del salario mínimo, en etapa práctica el 100 %, y tienen prestaciones como vacaciones, prima, salud, pensión y ARL. Las multas por incumplimiento se elevan a 1,5 salarios mínimos por cupo no cubierto.
- Empleadas del servicio doméstico y personal comunitario cuentan con contratos escritos y prestaciones sociales garantizadas.
- Inclusión de personas con discapacidad: empresas con 100 empleados deben contratar al menos dos personas con discapacidad; empresas mayores deberán contratar una persona adicional por cada 100 empleados extra.
Trabajo en Plataformas Digitales y Teletrabajo
- Repartidores digitales serán vinculados según tipo de relación: si son dependientes, aplican normas laborales completas; si autónomos, la plataforma paga el 60 % de salud y pensión, el trabajador el 40 %, sin exclusividad contractual
- Teletrabajadores que ganen hasta dos salarios mínimos reciben auxilio de conectividad (equivalente al subsidio de transporte) y pueden laborar desde otras modalidades; este auxilio será base para sus prestaciones sociales.
Licencias y Conciliación Laboral
- Licencia de paternidad se amplía progresivamente: tres semanas en 2025 y cuatro semanas en 2026 (La versión final en Senado descartó llegar a seis semanas).
- Se establecen licencias remuneradas por calamidades domésticas, citas médicas, obligaciones escolares, violencia de género, actividades sindicales, cargos oficiales y matrimonio (incluye tres días pagados)
Subsidios:
- Subsidio equivalente al 25 % de salario mínimo mensual por seis meses para nuevos empleos de mujeres, jóvenes o mayores de 50 años, siempre y cuando la tasa de desempleo supere el promedio OCDE
- Eliminación del contrato agropecuario original del proyecto, lo que dejó sin formalización específica al sector rural .
Cronograma de entrada en vigencia
- Sancionada el 25 de junio de 2025 como Ley 2466, la mayoría de sus disposiciones quedan vigentes desde ese momento
- Recargo nocturno desde las 7 p.m., jornada semanal de hasta 42 horas, contratos fijos máximos de 4 años entran en vigor media año después, es decir, julio de 2025
- Recargos dominicales/festivos: 80 % desde julio de 2025, 90 % en julio de 2026, 100 % en julio de 2027
Riesgos para la viabilidad de las Pymes
- Estimaciones de Crowe Co advierten que entre el 10 % y 15 % de las Pymes podrían cerrar debido al alza en costos operativo.
- Se calcula una posible pérdida de hasta 450.000 empleos formales a nivel nacional por los recargos nocturnos y dominicales.
- El aumento de informalidad laboral podría ubicarse entre 7 y 12 puntos porcentuales, retrocediendo esfuerzos de formalización.
- Gremios como Acopi y Fenalco advierten que muchas Pymes operan con márgenes muy estrechos y no podrían absorber estos costos sin afectar su operación normal.
Sectores especialmente vulnerables:
- Comercio minorista, restaurantes, cafeterías, hotelería y turismo (actividades 24/7).
- Seguridad privada, servicios de aseo y plataformas digitales de reparto. En estos casos el impacto en costos puede ser especialmente crítico.
Oportunidades y recomendaciones para mitigación
Beneficios previstos:
- Mayor estabilidad laboral y reducción de rotación.
- Mejor ambiente organizacional y disminución de demandas laborales.
- Potencial mejora en productividad si se acompaña con soporte empresarial.
Medidas sugeridas para amortiguar impactos
- Crear incentivos fiscales y parafiscales para Pymes que contraten formalmente bajo el nuevo marco.
- Implementar programas de asistencia técnica gratuita en temas de cumplimiento laboral, digitalización y formalización.
- Diseñar régimen laboral diferenciado según tamaño de empresa, reconociendo la fragilidad operativa de las microempresas.
- Aplicación gradual y escalonada de las obligaciones laborales para evitar choques operativos repentinos.
La reforma laboral de 2025 representa un avance significativo en derechos laborales y formalización. Sin embargo, sus efectos pueden ser adversos para el sector de las Pymes —que constituyen más del 91 % del tejido empresarial en Colombia y generan cerca del 80 % del empleo formal— si no se acompaña de herramientas diferenciadas y apoyo estatal técnico y financiero.
El equilibrio entre derechos laborales y sostenibilidad empresarial será clave para que la dignificación del empleo no termine penalizando aquellos que generan el motor productivo del país.









